1. Documentos de identidad de los herederos-otorgantes.
2. Comparecencia personal o por representante de todos los herederos.
3. Escrituras de propiedad de los bienes integrados en la sucesión y referencia catastral
de los inmuebles.
4. Relación de bienes y saldos de cuentas.
5. Certificado de defunción del causante.
6. Certificado de últimas voluntades (se puede obtener desde la Notaría).
7. Certificado de seguros de vida (se puede obtener desde la Notaría)
8. Copia autorizada del testamento (se puede obtener desde la Notaría) o, en su caso, del
acta de declaración de herederos abintestato (se puede obtener desde la Notaría)
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